Reforma de los modelos del IRNR: Orden HAC/623/2026
- Generado el 29 de junio de 2026, 09:00 h
Mensaje clave: la Orden HAC/623/2026, de 12 de junio (BOE de 23 de junio), incrementa de forma sustancial las exigencias de información en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y reordena los modelos 210, 211, 213 y 296, con nuevos anexos para dividendos y para gastos inmobiliarios.
Contexto
El Impuesto sobre la Renta de no Residentes grava las rentas obtenidas en España por personas y entidades sin residencia fiscal en el país. Los modelos 210 (autoliquidación general sin establecimiento permanente), 211 (retención en la adquisición de inmuebles a no residentes), 213 (gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes) y 296 (resumen anual de retenciones) son las piezas centrales del cumplimiento. La Orden HAC/623/2026 actualiza estos modelos para reforzar el suministro de información a la Administración tributaria.
Contenido de la reforma
- Modificación de la Orden EHA/3316/2010, que aprobó los modelos 210, 211 y 213 del IRNR.
- Creación de nuevos anexos para el detalle de dividendos y para los gastos inmobiliarios
deducibles.
- Mayor granularidad en la identificación de rentas y del contribuyente no residente.
- Entrada en vigor escalonada: los cambios del modelo 210 se aplican a autoliquidaciones
presentadas desde el 1 de enero de 2027; los del modelo 296, a la declaración del ejercicio 2026 presentada en 2027.
Impacto sobre los clientes del despacho
La reforma afecta a no residentes con inmuebles en España (alquiler, transmisión o gravamen especial), a perceptores de dividendos de fuente española y a los obligados a retener e informar mediante el modelo 296. Las gestorías y asesorías que presentan estos modelos deberán adaptar sus sistemas al nuevo contenido y a los nuevos anexos.
Riesgos
- Errores u omisiones en los nuevos anexos de dividendos y gastos inmobiliarios, con riesgo de
requerimientos y sanciones.
- Desajustes de calendario por la entrada en vigor escalonada en 2026-2027.
- Mayor exposición al intercambio de información entre administraciones por el incremento de
datos exigidos.
Próximos pasos
- Identificar la cartera de clientes no residentes afectados y comunicarles los cambios.
- Actualizar plantillas y procesos internos de los modelos 210/211/213 y 296.
- Preparar la transición para la campaña de 2027, con especial atención a dividendos y gastos
inmobiliarios.
- Confirmar con la AEAT cualquier duda interpretativa sobre los nuevos anexos.
Fuente: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-13573