Informe destacado del día · A Plus Abogados y Economistas, S.L.P. · 28/07/2026
Mensaje clave. El Gobierno aplaza el real decreto-ley de vivienda que estaba previsto para el Consejo de Ministros del 28 de julio, ante la falta de apoyos parlamentarios para su convalidación. En consecuencia, ninguna de las medidas anunciadas —prórroga de contratos hasta 2028, regulación del alquiler de temporada y por habitaciones, IVA del 21 % a pisos turísticos y nuevo gravamen del 15-25 % a las SOCIMI— se encuentra en vigor. Todas ellas permanecen en fase de propuesta hasta después del verano.
Contexto
El Gobierno tenía previsto llevar al Consejo de Ministros del 28 de julio un real decreto-ley de vivienda que respondía a la finalización de numerosos contratos de arrendamiento y a la presión sobre el mercado del alquiler, en desarrollo de la Ley 12/2023, de vivienda. Sin embargo, ha decidido posponerlo ante el temor a una derrota parlamentaria en la posterior convalidación.
El principal escollo ha sido la posición de Junts, que advirtió de que no apoyaría el decreto si no incorporaba sus propuestas de deducciones fiscales a los arrendadores y medidas contra la ocupación. El Ejecutivo ha optado por retrasar la aprobación hasta después del verano para seguir negociando el apoyo de sus socios.
En consecuencia, el texto no ha llegado a aprobarse ni se ha publicado en el BOE, por lo que las medidas que contenía no producen efecto jurídico alguno en este momento.
Contenido previsto (no vigente)
Las siguientes medidas figuraban en el borrador anunciado, pero permanecen como propuesta y no están en vigor:
- Prórroga extraordinaria de contratos. Preveía una prórroga extraordinaria de hasta dos años para los contratos de alquiler cuyo vencimiento se produjera antes del 30 de junio de 2028, a solicitud del inquilino.
- Alquiler de temporada y por habitaciones. Se regularían por primera vez dentro de la Ley de Arrendamientos Urbanos. El alquiler por habitaciones se equipararía a la vivienda habitual, con contratos de cinco años, prórrogas automáticas y prohibición de que el arrendador entre sin preaviso, reforzando la protección del inquilino frente a reparaciones y desahucios.
- Fiscalidad del alquiler turístico. El IVA de los pisos turísticos se elevaría al 21 %.
- Gravamen a las SOCIMI. Se establecería un nuevo gravamen de entre el 15 % y el 25 % sobre las SOCIMI, bonificable si destinaran parte de su parque a alquiler social, junto con bonificaciones fiscales para quienes alquilen a precios asequibles.
Efecto fiscal de las medidas previstas (propuesta no vigente)
- Prórroga de alquileres: hasta 2 años para contratos que venzan antes del 30/06/2028. Efecto práctico: mayor estabilidad del inquilino; revisar vencimientos en cartera.
- Alquiler de temporada: regulación por primera vez dentro de la LAU. Efecto práctico: adaptar modelos de contrato de temporada.
- Alquiler por habitaciones: equiparado a vivienda habitual (5 años, prórrogas, preaviso). Efecto práctico: revisar arrendamientos por estancias.
- IVA turístico: elevación al 21 % para pisos turísticos. Efecto práctico: recalcular márgenes de la vivienda turística.
- Gravamen SOCIMI: nuevo tipo del 15-25 %, bonificable con alquiler social. Efecto práctico: reevaluar estructura y rentabilidad de las SOCIMI.
Impacto sobre los clientes del despacho
El aplazamiento significa que, por ahora, no cambia nada para la cartera inmobiliaria: propietarios particulares, arrendadores de temporada, explotadores de vivienda turística y SOCIMI siguen sujetos al régimen actualmente vigente. El principal efecto práctico es la incertidumbre sobre el contenido final que se apruebe tras el verano.
Conviene transmitir a los clientes que las cifras anunciadas (IVA turístico al 21 %, gravamen del 15-25 % a las SOCIMI, prórroga hasta 2028) son todavía una propuesta sujeta a negociación parlamentaria y pueden modificarse o no llegar a aprobarse. No deben adoptarse decisiones de inversión o de contratación sobre la base de un texto que no está en vigor.
Riesgos y próximos pasos
Riesgo de incertidumbre normativa. El contenido definitivo puede variar de forma significativa respecto al borrador anunciado, en función de las exigencias de los grupos parlamentarios; conviene no anticipar asesoramiento definitivo sobre porcentajes ni supuestos concretos.
Próximos pasos. Mantener el seguimiento de la negociación y del calendario tras el verano, preparar una nota informativa que aclare a los clientes que las medidas no están vigentes y tener listo un análisis de impacto para el momento en que se apruebe y publique el texto final en el BOE, con especial atención al gravamen sobre las SOCIMI.
Fuente
Idealista — el Gobierno pospone el decreto de vivienda hasta después del verano