Implicaciones fiscales, mercantiles y de protección para clientes
- 23 de junio de 2026 · Generado el 23/06/2026 09:35 (CET)
Mensaje clave
Varias medidas anticrisis prorrogadas por el Real Decreto-ley 7/2026 tienen como fecha límite el 30 de junio de 2026. El Gobierno ha anunciado que el lunes 29 de junio aprobará un nuevo paquete de medidas que, previsiblemente, prorrogará o sustituirá parte de ellas. Existe una ventana crítica de pocos días para identificar qué beneficios decaen, anticipar escenarios y comunicar a los clientes las actuaciones a realizar antes del cierre de junio.
Contexto
Desde finales de 2025, el Gobierno ha venido encadenando reales decretos-leyes para prorrogar medidas de carácter fiscal, mercantil, energético y de protección social. El Real Decreto-ley 7/2026, de medidas anticrisis, recoge un bloque relevante de estas prórrogas, varias de las cuales se agotan el 30 de junio de 2026. Según el calendario difundido por fuentes especializadas, el Ejecutivo prevé aprobar el lunes 29 de junio un nuevo paquete de medidas que abordará la continuidad de las que expiran. Esta secuencia se inscribe en un patrón ya conocido (anteriores RDL 2/2026 y 16/2025, posteriormente derogado), caracterizado por la reintroducción y reformulación periódica de medidas tributarias y mercantiles. La incertidumbre sobre el alcance exacto del nuevo decreto aconseja preparar escenarios alternativos y no asumir automáticamente la prórroga de todos los beneficios vigentes.
Contenido y medidas afectadas
Aunque el detalle definitivo dependerá del texto que se publique tras el Consejo de Ministros, las medidas que típicamente se ven afectadas por estos vencimientos y prórrogas incluyen:
Ámbito Medida típicamente afectada Relevancia para el despacho
Mercantil Suspensión de la causa de disolución porSociedades con patrimonio neto negativo: pérdidasrevisar el régimen aplicable al cierre del ejercicio
Fiscal Deducciones por eficiencia energética yPlanificación de inversiones y declaraciones vehículo eléctrico; libertad dede los clientes amortización en renovables
Protección social Prórroga de contratos de alquiler;Asesoramiento a arrendadores e inquilinos; prohibición de cortes de suministrosgestión de activos
FinanciaciónMedidas del RDL 13/2026 sobre recursosImpacto indirecto en planificación financiera territorialautonómicos y locales
Nota: la enumeración anterior es orientativa y deberá contrastarse con el texto del nuevo real decreto-ley y su entrada en vigor.
Antecedentes normativos recientes
Norma Fecha Objeto principal
RDL 16/2025 23/12/2025 Prórroga de medidas de vulnerabilidad social, tributarias y de Seguridad Social (posteriormente derogado)
RDL 2/2026 03/02/2026 Reintroducción de medidas tributarias y mercantiles (deducciones, libertad de amortización, suspensión de disolución)
RDL 7/2026 2026 Medidas anticrisis; varias prórrogas con vencimiento el 30/06/2026
RDL 10/2026 28/04/2026 Medidas tributarias urgentes y apoyo por daños de la DANA y otras emergencias
RDL 13/2026 02/06/2026 Recursos de los sistemas de financiación territorial
Este encadenamiento de reales decretos-leyes confirma la conveniencia de un seguimiento continuo del calendario normativo y de la convalidación parlamentaria de cada norma, dado que su vigencia puede verse alterada por derogaciones o prórrogas sucesivas.
Impacto sobre clientes del despacho
- Sociedades en situación de pérdidas que se han acogido a la suspensión de la causa de disolución deben verificar si la medida continúa vigente tras el 30 de junio, para evitar la responsabilidad de administradores por deudas sociales.
- Empresas y particulares con inversiones en eficiencia energética, vehículo eléctrico o renovables deben confirmar la vigencia de las deducciones antes de comprometer o documentar nuevas operaciones.
- Arrendadores e inversores inmobiliarios deben anticipar el efecto de una eventual prórroga de los contratos de alquiler y de las limitaciones de renta en la gestión de sus carteras.
- Clientes con actividad en varias comunidades autónomas deben seguir el desarrollo del RDL 13/2026 por su efecto en la financiación territorial.
Riesgos
- Riesgo de vacío normativo si alguna medida decae el 30 de junio y el nuevo decreto no la prorroga o entra en vigor con efectos no retroactivos.
- Riesgo de decisiones precipitadas de clientes ante la incertidumbre; conviene evitar operaciones irreversibles hasta conocer el texto definitivo.
- Riesgo reputacional y de responsabilidad si no se advierte a tiempo a los clientes afectados por vencimientos sensibles (p. ej., causa de disolución).
Próximos pasos
1. Antes del 26 de junio: elaborar un inventario interno de clientes afectados por cada medida que vence el 30 de junio. 2. 29 de junio: seguir el Consejo de Ministros y obtener el texto del nuevo real decreto-ley en cuanto se publique. 3. 30 de junio – 1 de julio: emitir una nota de cliente con el alcance real de las prórrogas y las actuaciones a realizar. 4. Coordinar con las áreas fiscal, mercantil e inmobiliaria para una respuesta unificada y trazable.
Fuentes
https://allyon-etl.es/blog/mini-boletin-fiscal-de-19-de-junio-de-2026 https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-11848 https://www.garrigues.com/es_ES/noticia/estas-son-medidas-tributarias-mercantiles-incluidas-rdl-22026