La Ley 3/2026 eleva al 99% la reducción del ISD para la empresa familiar en Madrid

Resumen diario jurídico-fiscal de A Plus Abogados y Economistas, S.L.P. — 24 de julio de 2026. Actualidad de las últimas 24 horas en España (11 noticias seleccionadas).

Normativa

La Ley 3/2026 de Apoyo a la Empresa Familiar se publica en el BOE

Fuente: BOE (BOE-A-2026-16019) / Garrigues / Pérez-Llorca · 23/07/2026

El BOE de 23 de julio recoge la Ley 3/2026, de 30 de junio, de Apoyo a la Empresa Familiar de la Comunidad de Madrid, en vigor desde el 1 de julio de 2026. Su medida estrella eleva del 95% al 99% la reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la transmisión mortis causa o inter vivos de empresa individual, negocio profesional o participaciones. Además amplía los beneficiarios a los adquirentes del Grupo III (colaterales de segundo y tercer grado y ascendientes y descendientes por afinidad) y a colaterales de cuarto grado.

Implicación práctica: ventana de planificación patrimonial y sucesoria muy relevante para clientes con empresa familiar en Madrid: conviene revisar protocolos familiares, pactos de socios y calendarios de relevo generacional para aprovechar la reducción del 99% y la ampliación subjetiva.

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El BOE del 23 de julio incorpora nuevas ayudas al vehículo eléctrico y a los combustibles renovables

Fuente: BOE / Demócrata · 23/07/2026

El sumario del BOE de 23 de julio de 2026 incluye, junto a la Ley de Apoyo a la Empresa Familiar, medidas de impulso a la movilidad sostenible —ayudas al coche eléctrico— y a los combustibles renovables, además del Real Decreto 617/2026 de concesión directa de subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias en materia de formación para el empleo público.

Implicación práctica: interés para clientes del sector automoción, energía y para la planificación de deducciones por adquisición de vehículos eléctricos, aún vigentes en 2026. Recomendable verificar bases reguladoras y plazos de solicitud de cada convocatoria.

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Jurisprudencia

El Tribunal Supremo limita los efectos en cadena de una liquidación de IRPF anulada

Fuente: Tribunal Supremo, STS 857/2026 (rec. 577/2024) · 07/07/2026

La Sala de lo Contencioso-Administrativo fija como doctrina que la anulación completa de una liquidación de IRPF que excluye al contribuyente del régimen de estimación objetiva impide que esa regularización produzca efectos en ejercicios posteriores cuando las liquidaciones siguientes se apoyan exclusivamente en el acto anulado y carecen de motivación propia e independiente.

Implicación práctica: refuerza la defensa del contribuyente frente a regularizaciones encadenadas: si se anula la liquidación de origen, las derivadas sin motivación autónoma deben decaer. Útil en recursos y reclamaciones económico-administrativas en curso.

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Fiscal

El TEAC exige sucesión directa para la responsabilidad solidaria por sucesión de actividad

Fuente: TEAC (selección doctrina, fiscal-impuestos.com) · 17/07/2026

El Tribunal Económico-Administrativo Central rechaza la derivación de responsabilidad tributaria «per saltum»: la responsabilidad solidaria por sucesión de actividad exige una sucesión directa entre el deudor principal y el responsable, y no puede extenderse cuando existe un sucesor intermedio en la cadena.

Implicación práctica: argumento de defensa frente a derivaciones de responsabilidad de la AEAT en supuestos de traspaso o continuidad de negocio con eslabones intermedios. Revisar expedientes de derivación abiertos.

Las retenciones no practicadas o no ingresadas no admiten aplazamiento ni fraccionamiento

Fuente: TEAC (selección doctrina, fiscal-impuestos.com) · 17/07/2026

El TEAC confirma que las deudas por retenciones no practicadas, o practicadas pero no ingresadas, quedan excluidas del aplazamiento o fraccionamiento por tratarse de cantidades retenidas o que debieron retenerse a cuenta de terceros.

Implicación práctica: clave para la gestión de tesorería y para asesorar a empresas con dificultades de liquidez: estas deudas deben satisfacerse en plazo, sin posibilidad de aplazar. Evitar solicitudes abocadas a inadmisión.

La DGT niega la deducción de los honorarios del bróker hipotecario en el alquiler de vivienda

Fuente: DGT (selección doctrina, fiscal-impuestos.com) · 17/07/2026

La Dirección General de Tributos aclara que los honorarios del bróker o intermediario hipotecario satisfechos para financiar la adquisición de una vivienda destinada al alquiler no constituyen gasto deducible en el IRPF del rendimiento del capital inmobiliario, al no considerarse gasto necesario de financiación en sentido estricto.

Implicación práctica: ajustar la planificación de rendimientos del capital inmobiliario de clientes arrendadores: estos honorarios no minoran el rendimiento neto. Conviene revisar autoliquidaciones para evitar contingencias.

El valor de referencia del Catastro no sustituye sin más al valor de transmisión en la plusvalía municipal

Fuente: DGT (selección doctrina, fiscal-impuestos.com) · 17/07/2026

La DGT señala que el valor de referencia del Catastro no puede sustituir automáticamente al valor de transmisión a efectos del IIVTNU (plusvalía municipal) sin una previa comprobación de valores por la Administración competente.

Implicación práctica: refuerza la posición del contribuyente frente a liquidaciones municipales que apliquen mecánicamente el valor de referencia. Base para recursos en operaciones inmobiliarias con plusvalía discutida.

Las operaciones entre sucursal española y casa central en Reino Unido son prestaciones de servicios a efectos de IVA

Fuente: DGT (selección doctrina, fiscal-impuestos.com) · 17/07/2026

La DGT concluye que las operaciones realizadas entre una sucursal española y su casa central situada en Reino Unido son prestaciones de servicios sujetas a IVA, pese a que Reino Unido ya no forma parte de la Unión Europea, al tratarse de entidades con personalidad jurídica diferenciada a estos efectos.

Implicación práctica: relevante para grupos multinacionales con estructuras sucursal-casa central post-Brexit: revisar la tributación indirecta de los flujos intragrupo y la eventual repercusión e inversión del sujeto pasivo.

Veri*Factu: un programa de facturación no puede permitir crear sociedades ficticias para pruebas

Fuente: DGT (selección doctrina, fiscal-impuestos.com) · 17/07/2026

La DGT precisa que un sistema de facturación conforme a Veri*Factu no puede ofrecer a sus clientes la posibilidad de crear entidades o sociedades ficticias para realizar pruebas, por resultar incompatible con los requisitos de integridad e inalterabilidad del sistema.

Implicación práctica: los despachos y clientes que estén adaptando su software de facturación de cara a Veri*Factu deben verificar que sus proveedores cumplen estos requisitos. La entrada en vigor plena se sitúa en 2027 para la mayoría de obligados.

M&A

El mercado M&A español gana volumen económico pese a caer el número de operaciones

Fuente: Capital-Riesgo.es / Andersen · julio de 2026

El mercado de fusiones y adquisiciones en España registró en el primer trimestre de 2026 un total de 688 operaciones por un importe agregado de 36.219 millones de euros, con un incremento del 64% en volumen económico y una caída del 18% en el número de operaciones respecto al mismo periodo del año anterior. El dato apunta a un mercado más concentrado en transacciones de mayor tamaño.

Implicación práctica: entorno favorable para operaciones de tamaño medio-alto y para el asesoramiento en valoración y estructuración. La disciplina en las valoraciones exige due diligence rigurosa y cláusulas de ajuste de precio bien diseñadas.

Inmobiliario

El IRAV de julio de 2026 fija en el 2,48% el tope de actualización de las rentas de alquiler

Fuente: INE / LexWay · julio de 2026

El Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV) publicado por el INE se sitúa en el 2,48% y opera como límite para la actualización de las rentas que se revisan en julio de 2026, en sustitución del IPC. Como contexto, en 2026 el Tribunal Supremo anuló el registro estatal de alquileres turísticos y decayó el Real Decreto-ley que limitaba temporalmente las subidas de renta.

Implicación práctica: al actualizar contratos de arrendamiento de vivienda debe aplicarse el IRAV (2,48%) y no el IPC. Conviene revisar las cláusulas de revisión de renta y la fecha de referencia de cada contrato.

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Análisis transversal del día

La jornada está marcada por la publicación en el BOE de la Ley 3/2026 de Apoyo a la Empresa Familiar, que consolida el eje de fiscalidad patrimonial y sucesoria como tema central para el despacho. En el plano fiscal, la doctrina reciente del TEAC y de la DGT acota la responsabilidad tributaria, el aplazamiento de retenciones y la deducibilidad de gastos inmobiliarios, mientras el Tribunal Supremo refuerza las garantías del contribuyente frente a liquidaciones encadenadas. En inmobiliario, el IRAV fija el tope de actualización de rentas, y el mercado de M&A muestra mayor volumen económico con menos operaciones.

Implicaciones para el despacho

  • Empresa familiar: contactar de forma proactiva a clientes con empresa familiar en Madrid para planificar la transmisión aprovechando la reducción del 99% en el ISD y la ampliación de beneficiarios de la Ley 3/2026.
  • Fiscal contencioso: incorporar la STS 857/2026 a los recursos y reclamaciones en curso sobre liquidaciones encadenadas sin motivación autónoma.
  • Defensa tributaria: revisar expedientes de derivación de responsabilidad y solicitudes de aplazamiento de retenciones a la luz de la doctrina del TEAC.
  • Inmobiliario: ajustar el asesoramiento a arrendadores (IRAV 2,48%, no deducibilidad de honorarios de bróker hipotecario) y a operaciones con IIVTNU y valor de referencia.
  • Cumplimiento: recordar a los clientes el plazo de presentación del Impuesto sobre Sociedades 2025 (Modelo 200) hasta el 27 de julio de 2026 y avanzar en la adaptación a Veri*Factu.

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