Mensaje clave. El Gobierno ha anunciado un real decreto-ley de vivienda, previsto para julio de 2026, que prorrogaría de forma extraordinaria los contratos de arrendamiento, regularía el alquiler de temporada y de habitaciones, exigiría el contrato por escrito, incentivaría en el IRPF a los arrendadores que rebajen la renta y elevaría al 21 % el IVA de los pisos turísticos. El texto está anunciado y pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros y de convalidación por el Congreso, por lo que aún no está en vigor.
Contexto
En un contexto de fuerte presión sobre el acceso a la vivienda, el Ejecutivo ha anunciado, a finales de junio y principios de julio de 2026, un paquete normativo que se articularía mediante un real decreto-ley. La medida complementa las actuaciones previas en el mercado del alquiler y responde a la demanda de estabilidad de los arrendatarios y de movilización de vivienda asequible.
El paquete se estructuraría en dos bloques: un primer bloque de estabilidad y contención de precios del alquiler y un segundo bloque de movilización de vivienda asequible, con medidas de agilización administrativa.
Contenido detallado anunciado
- Bloque de alquiler: prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento; regulación del alquiler de temporada y del alquiler de habitaciones; obligatoriedad de que los contratos consten por escrito; e incentivos en el IRPF para los arrendadores que reduzcan el precio del alquiler, en línea con la escala de reducción del 50-60-70-90 % ligada a las zonas tensionadas.
- Bloque de vivienda asequible y fiscalidad: subida del IVA de los pisos turísticos al 21 % y medidas de agilización administrativa para movilizar vivienda. Una vez aprobado por el Consejo de Ministros, el texto debe publicarse en el BOE y ser convalidado por el Congreso para que las medidas surtan efecto.
Impacto sobre los clientes del despacho
- Arrendadores particulares y patrimoniales: la prórroga y los incentivos en el IRPF exigen revisar la estrategia de renovación de contratos y la política de precios; conviene simular el efecto de las reducciones aplicables por zona.
- Alquiler turístico y de temporada: la subida del IVA al 21 % y la nueva regulación afectarían de forma directa a la rentabilidad y al cumplimiento formal de los operadores; será clave revisar la calificación de cada actividad.
- Cartera inmobiliaria y clientes inversores: impacto en la valoración de activos y en la estructuración de las inversiones residenciales, con necesidad de anticipar escenarios ante la entrada en vigor.
Riesgos y cautelas
El texto está anunciado pero no aprobado ni publicado, por lo que su contenido final puede variar durante la tramitación y la convalidación parlamentaria. Debe evitarse adoptar decisiones irreversibles basadas únicamente en los anuncios; toda planificación ha de revisarse cuando se publique la norma en el BOE.
La eventual retroactividad, el régimen transitorio y la delimitación de las zonas tensionadas serán los puntos de mayor incertidumbre y litigiosidad.
Próximos pasos recomendados
- Monitorizar el Consejo de Ministros y el BOE para captar la aprobación y el texto definitivo.
- Preparar una nota informativa para los clientes arrendadores y para la cartera inmobiliaria.
- Revisar los modelos de contrato de arrendamiento de temporada y de habitaciones.
- Analizar el impacto del IVA turístico al 21 % en los operadores afectados y ajustar sus obligaciones formales.
Documento emitido el 10 de julio de 2026 por A Plus Abogados y Economistas, S.L.P.